miércoles, 11 de enero de 2017

Febrero 09 de 2017 a las 11:00 horas, manifestaciónes públicas frente a los Consulados colombianos en el mundo, por la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional


Durante años y años se ha exigido por vía documental y verbal (ciudadanos del común como de personalidades de la vida política nacional), al Gobierno de nuestro país la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional, equivalente a mas del 40% en los trámites que realizamos los colombianos en el exterior frente a nuestros Consulados,

Haciendo oídos sordos a esas súplicas, el Gobierno acaba de responder con una nueva alza el pasado 30 de Diciembre a través del Decreto 2200/2016.

Entre otros, los siguientes han sido los argumentos esbozados al Gobierno de nuestro país para que proceda a la eliminación de dicho impuesto.

1° Es un impuesto que data desde la época de la Colonia (Invasión española), y ha sido suprimido a la fecha, de mas del 90% de los trámites que se realizan al interior de nuestro país.

2°. Desde 1970 una misión de expertos internacionales, dirigida por el profesor Richard Musgrave aconsejó la eliminación de dicho impuesto.

3°. En el año 2006, la Oficina de Estudios Económicos, División de Mediciones Fiscales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales "DIAN", realizó un minucioso estudio sobre el susodicho impuesto, concluyendo que es engorroso y dificulta el crecimiento y desarrollo económico del país, y en consecuencia debería eliminarse.

4°. Los colombianos en el exterior contribuimos anualmente para el crecimiento y desarrollo socio-económico de nuestro pais, a través de mas de CUATRO MIL MILLONES (US 4.000´000.000.) de DOLARES en remesas, y no es justo que recibamos un atropello de mas del 40% en el costo de dicho impuesto ante los trámites que realizamos en los Consulados.

5°. Debido a ese impuesto tenemos el pasaporte mas caro de Latinoamérica, y entre los mas costosos del mundo.

6°. Ese impuesto vulnera el derecho a la igualdad, toda vez que mientras se aplica a los colombianos en el exterior, se exonera a la Banca, Sector privado y Diplomáticos.

Son muchas otras las razones de peso ético, moral y legal que bien podrían aplicarse para que el Gobierno Nacional elimine el Impuesto de Timbre Nacional definitivamente.  Pero llegamos a la misma conclusión, y es, mientras no haya voluntad política por parte del Gobierno de turno, es difícil que se acepte su eliminación.

Como una forma de presión, y para manifestar el inconformismo de los colombianos en el exterior, ante el atropello económico del que venimos siendo víctimas con el cobro de dicho impuesto, en el día de ayer 10 de Enero, se reunió un importante grupo de ciudadanos, entre los que se encontraba alguno del Poder Legislativo colombiano, y se concluyó en que debemos unir nuestras voces y gritarle al Gobierno de nuestro país, ¡NO MÁS! Impuesto de Timbre Nacional en nuestro pasaporte y demás trámites que realizamos ante los Consulados.

Por unanimidad se aprobó contactar con líderes sociales y/o políticos de colombianos en el mundo para que coadyuven y lideren la convocatoria de ciudadanos, con el objetivo de manifestar nuestro inconformismo frente a los Consulados, contra ese cobro, el día JUEVES 09 DE FEBRERO a las 11:00 hora local de cada ciudad o país, y EXIGIR la Eliminación del Impuesto de Timbre Nacional del Sistema tributario de nuestro país. 

Por qué los pasaportes expedidos en el interior de Colombia cuestan aprox. CIENTO OCHENTA MIL ($180.000) PESOS, y los que se expiden en el exterior llegan casi al MEDIO MILLÓN ($500.000) DE PESOS?.

Por qué a los pasaportes que se expiden en el exterior se les aplica el Impuesto de Timbre Nacional (mas del 40%) y los expedidos en Colombia están exonerados de este?

Por qué el Impuesto de Timbre Nacional se aplica a colombianos que estamos poniendo en alto la imagen y nombre de nuestro país, mediante nuestro trabajo, y coaduvando con su desarrollo socio-económico a través de nuestras remesas, mientras que a Diplomáticos que ganan entre VEINTICINCO y TREINTA MILLONES DE PESOS se les exonera del mismo?

Por qué a nosotros se nos cobra ese impuesto, mientras que a la Banca y al Sector privado no?

Los colombianos en el exterior estamos hartos de que únicamente nos vean como un negocio. Como cajeros automáticos que solo servimos para enviar dinero al país y sostener la economía nacional.

Compañeros, creo que nos siguen viendo cara de idiotas.  Creo que nuestra pasividad y ceguera ante las injusticias esta convirtiendo a nuestro Gobierno en un verdugo gigante.  Lo estamos dejando crecer!!!.  Y si el verdugo crece, las victimas crecerán mucho mas.

Solo me queda invitarlos a que promuevan esta iniciativa ciudadana, y animen a sus familiares, amigos y contactos a través de las Redes Sociales, para que el JUEVES 09 DE FEBRERO, a las 11:00 hora de la ciudad donde vivan, salgan y unan sus voces para exigir al Gobierno colombiano la ¡ELIMINACION DEL IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL! de los trámites que realizamos los colombianos en el exterior ante los Consulados, incluyendo el pasaporte.

"Permitir una injusticia es abrir el camino a las que siguen" (Willy Brand)

"Cercano esta el momento en que el pueblo mande, en que el pueblo ordene, en que el pueblo sea el pueblo y no una manada anónima de siervos" (Jorge E. Gaitan).

Un saludo para todos y recuerden que "Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos", y que "Hoy estamos aquí y así, pero mañana no sabemos dónde ni cómo".

La clave?
"INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR"




Ricardo Marin Rodriguez





martes, 3 de enero de 2017

Los colombianos residentes en Venezuela, Ecuador y Panamá, que laboren como Obreros, Choferes, Agricultores y en Servicio domésticos, está exentos de pagar el Impuesto de Timbre Nacional en el costo de sus pasaportes

Con base en la propuesta que plasmó Javier Urrea Cuellar en su programa de gobierno cuando fué candidato en el año 2014 a la Cámara de Representantes por los colombianos en el exterior, relacionada con la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional de los trámites que realizamos los colombianos ante los Consulados en el mundo, incluyendo el pasaporte, nuestra Plataforma "Colombianos en el exterior y retornados" ha venido investigando todo lo relacionado con dicho impuesto, al igual que efectuando una serie de gestiones tendientes a buscar su eliminación, sin que hasta el momento se haya podido conseguir ese objetivo, pero que seguimos INSISTIENDO y PERSISTIENDO en ello.

Dentro de nuestras gestiones e investigación, quisimos conocer la versión oficial de la Entidad encargada de la expedición de nuestros pasaportes a nivel mundial, y cual fué nuestra sorpresa cuando el 10 de Marzo de 2016, con radicado S-GCIAC-16-024098, nos responde el Ministerio de Relaciones Exteriores  que "El Estatuto Tributario contempla el Impuesto de Timbre tanto en el ámbito Nacional como Internacional, para la venta de los servicios que realiza el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, prueba de ello se encuentra establecido en el artículo 525 del Estatuto Tributario", demostrando total desconocimiento sobre el tema, puesto que el Art. al que hace referencia fue modificado por el Art. 1° del Decreto 4838 de 2010, y trata exclusivamente sobre el Impuesto de Timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior.  E incluso con anterioridad esta misma Institución nos respondía que la diferencia en el costo de los pasaportes expedidos en Colombia, con los que se expiden en el exterior a través de los Consulados, se debía precisamente a que en éstos últimos se aplicaba el Impuesto de Timbre Nacional, mientras que a los primeros no.

Pero aparte de ello, los Sres. Juristas de Cancillería,desconocían también que el Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario), en su Título V, Art. 530, Numeral 33, establece que están exentos del Impuesto de Timbre Nacional, “Los pasaportes de trabajadores manuales, esto es, de obreros, choferes, agricultores asalariados y personas que presten servicio doméstico, residentes en Venezuela, Ecuador y Panamá” (Resaltado nuestro).

Aunque por simple lógica, al desconocer Cancillería esta normativa, era imposible que nos respondiera afirmativamente sobre los Medios utilizados por esa Entidad para informar a los ciudadanos de que trata el Art. referido en el parágrafo anterior, sobre la exención del Impuesto de Timbre a que tenían derecho en la expedición de sus pasaportes, pero para "lavarse las manos" nos responde que "Sea lo primero reiterar que el Estatuto Tributario, fue debidamente publicado en el Diario Oficial No. 38.756 de 30 de marzo de 1989, en concordancia con el principio de publicidad y de oponibilidad a terceros...".

Una respuesta aparte de absurda, ridícula verdad?.  Cómo carajos se iba a enterar un colombiano viviendo en Venezuela, Ecuador o Panamá, en el año 1989 que esa normativa se había publicado en el tal Diario Oficial, si para esa época a los países de Sudamerica y Centroamérica no había llegado públicamente, y por ende los ciudadanos no podían tener acceso a la tecnología de Internet, como para decir que al menos por ese medio se hubieran podido enterar de tal acción?.

Respuestas como las anteriores ya no me ofenden, pero si me duele que nuestros impuestos se utilicen para pagar a Funcionarios supuestamente profesionales por que ostentan un título de abogados (en el caso que nos ocupa), y no tengan ni idea de las normas vigentes para responder a los ciudadanos sus peticiones con veracidad.  Y aún asi se extrañan del por qué cada día perdemos mas la credibilidad en nuestras Instituciones democráticas.

Conociendo entonces que existía una Norma que exoneraba del pago del Impuesto de Timbre Nacional en sus pasaportes a los colombianos que residieran en Venezuela, Ecuador y Panamá, y que laboraran como obreros, choferes, agricultores asalariados y en el servicio doméstico; y que además por ningún medio oficial y veraz se les había informado de ello; mas la gravedad de que se les  venía cobrando tal impuesto, le pedimos al Ministerio de Relaciones Exteriores se crearan los mecanismos necesarios para la devolución de esos dineros a los afectados, por cuanto se trataba del "cobro indebido" de un impuesto, pero esa Entidad viendo lo grave del problema, optó por seguirse "lavando las manos" y le tiró la pelota al Ministerio de Hacienda, enviándole mi petición, dizque por competencia.

El Ministerio de Hacienda ha venido eludiendo la respuesta, aduciendo haberla contestado ya, pero en realidad nunca ha llegado a mi correo electrónico, y opté nuevamente por enlviarle una nueva petición sobre el tema, pero ya directamente a esta Entidad (Ver aquí), y al día de hoy no he recibido respuesta, aunque los términos establecidos por la ley aún no se han vencido.

Conociendo el pensamiento de Cancillería y de Hacienda, les cuento lo que puede suceder:

1° Se creará lo que se denomina un "conflicto de competencias" para responder una petición, o lo que para mi es igual, querer eludir estas dos Instituciones su responsabilidad sobre el error cometido al realizar el "cobro indebido" de un impuesto.  Si se presenta esto, tendrán que enviar mi petición al  Concejo de Estado, el que sobre estas situaciones se pronunció el 22 de Mayo de 2008, asi:

"El derecho de petición previsto en el Artículo 23 de la Constitución Política es un derecho de carácter fundamental y forma parte de las garantías inherentes de toda persona en el Estado Social de Derecho. Es de aplicación inmediata y preferente, tutelable incluso en caso de ser desconocido por las autoridades responsables de su atención (art. 86 C.P.).

La Administración, como las demás autoridades públicas, tiene el deber de servir a la comunidad y de hacer efectivos los derechos constitucionales y legales del ciudadano (Arts. 2 C.P. y 2 C.C.A.). Por ello, su posición frente al derecho de petición no es pasiva o de defensa, sino que se encuentra orientaba por un mandato de colaboración con el administrado, en orden a que éste pueda concretar los derechos que le concede el ordenamiento jurídico.

En esa medida, la garantía del derecho de petición por parte de las autoridades públicas lleva implícitos deberes de facilitación y orientación del ciudadano, tanto en la recepción y trámite de las peticiones, como al momento de responder oportuna, de fondo y eficazmente. Y en el caso de que del derecho de petición dependan otros derechos fundamentales o la protección de personas sujetas a una protección constitucional reforzada -como el caso de los pensionados- las acciones afirmativas de la Administración deberán ser de un nivel todavía mayor.

En este contexto, el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo sobre remisión por competencia y definición de competencias administrativas en caso de conflicto entre entidades estatales, adquiere relevancia constitucional en materia de protección y efectividad del derecho de petición, en la medida que impide que las autoridades rechacen o devuelvan las peticiones por razón de competencia o que hagan reenvíos indefinidos de éstas, a expensas del tiempo y expectativas legítimas del peticionario.

En su lugar, la entidad no competente para atender una petición debe remitirla a la autoridad que corresponda, lo que implica que deba revisar: (i) si tiene o no competencia para responder; y (ii) en caso negativo, cuál es la entidad que tiene competencia para ello (concreción del mandato general de colaboración de la Administración). Ambos extremos del análisis, en cuanto necesarios para la protección y eficacia del derecho fundamental de petición, exigen de la respectiva entidad una ponderación seria y razonada como requisito previo a la activación del mecanismo de remisión por competencia.

Y, para que la persona no quede sujeta a una discusión indefinida al interior del propio Estado sobre quién debe atender su petición, lo que también representaría una violación de este derecho fundamental, el artículo 33 del C.C.A. establece que la entidad que recibe de otra una petición por razón de competencia, está obligada o bien a responder oportunamente la petición, o bien a formular de manera inmediata el conflicto negativo de competencias administrativas, en orden a que se defina por los Tribunales Administrativos  o por esta Sala , la autoridad que debe atender la petición .”

En este orden, la entidad que niega su competencia para tramitar una actuación administrativa no sólo debe remitirla a la autoridad competente para ello, sino que le asiste un deber especial de sustentación de esa decisión, de manera que, no tenga duda alguna de que el asunto escapa del ámbito de su competencia; por su parte, la entidad que recibe la actuación por remisión competencial de otra, tiene una carga especial de verificación seria y motivada y ante todo ab initio,  sobre si tiene o no la competencia que se le imputa, pues en caso de no tenerla debe provocar de inmediato el conflicto negativo de competencias administrativas (art.33 C.C.A), para que el asunto sea resuelto sin afectar el derecho del peticionario a una respuesta oportuna, que es un elemento propio del núcleo esencial del derecho de petición.

Por ello, en el contexto de la protección que deben brindar las autoridades administrativas a los derechos fundamentales de los ciudadanos (arts. 2 C.P. y 2º del C.C.A) la no tramitación de los conflictos de competencia administrativa de manera seria y fundada y en las oportunidades previstas en el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo, constituye una violación del derecho de petición, que puede comprometer la responsabilidad disciplinaria de los servidores públicos encargados de su tramitación.

Específicamente en estos casos son conductas que violan el derecho de petición, entre otras: (i) devolver la petición al interesado en lugar de remitirla a la autoridad competente; (ii) no provocar el conflicto negativo de competencias cuando la entidad que recibe de otra una actuación tampoco se considera competente para decidir; (iii) demorar injustificadamente la resolución del conflicto de competencias en cualquiera de sus etapas. Esas conductas interfieren indebidamente el derecho del peticionario a obtener una decisión de fondo dentro de las oportunidades legales que se han previsto para ello.

Además, es claro que si la autoridad administrativa considera que no tiene competencia para decidir debe abstenerse de decidir de fondo la actuación, pues en tal caso, lo que llegue a decir sobre el derecho reclamado por el particular no puede tener efecto vinculante ni ser obligatorio para el ciudadano.

En ese sentido, cabe decir que la decisión de declararse incompetente para resolver una actuación administrativa constituye apenas un acto de trámite dentro de la actuación administrativa que sirve para activar los mecanismos previstos en la ley para identificar a la entidad competente y que por lo mismo no tiene la virtualidad de cambiar la posición jurídica del administrado en relación con el derecho que reclama ante la Administración, cuya existencia o no aún está pendiente de resolver"

2°. Tanto el Ministerio de Relaciones Exteriores como el de Hacienda, van a argumentar cualquier cosa, y que según ellos se ajusta jurídicamente, para no devolver esos dineros por el "cobro indebido" realizado.

Sobre este punto conceptúo lo siguiente:

Con el fin de aplicar el Espíritu de Justicia, el legislador incluyó dentro del Estatuto Tributario, el artículo 683, en el que explica que la aplicación de la ley debe estar presidida de ese espíritu de justicia, para evitar que se le exija al contribuyente más de lo que la ley quiso imponerle. Y lo que está claro en el caso que planteo, es que al ciudadano se le ha cobrado un impuesto que no debió haberse cobrado por cuanto asi lo establece la Norma.

 “El pago indebido o ilegal se presenta cuando se paga algo que la ley no exige, cuando no hay un sustento legal para dicho pago”. Es el caso exacto del cobro del Impuesto que se ha realizado en los pasaportes de los colombianos en los países contemplados en el Numeral 33, Art. 530, del Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario).

Independientemente de los casos tratados en cada sentencia, nuestra Corte Constitucional, habla del pago indebido de un impuesto, asi:

(Sentencia C-796/00): “No puede el Estado cobrarle a los contribuyentes tributos por encima de los previstos en la ley vigente, ni siquiera a pretexto de que en el supuesto que ello ocurra resulta ser el producto de un error que no quiso ni buscó, y mucho menos cuando el Estado, como sucede en el caso sub-lite, persigue ese enriquecimiento adoptando una ley que prohíbe la devolución del pago indebido por error”.

(Sentencia C-369/00): “Para la Corporación, el principio de legalidad tributaria, comporta que no puede haber impuesto sin ley que lo establezca, vale decir, que el Congreso, en ejercicio de sus competencias, al elaborar la norma tributaria, está en la obligación de determinar con claridad los elementos de la relación tributaria, esto es, los sujetos, los hechos generadores, las bases gravables y las tarifas. Por lo tanto, la exigencia del respeto al principio de legalidad, por parte del poder público, implica que el legislador tributario, a través de las disposiciones fiscales, elimine la arbitrariedad en el cobro de impuestos inexistentes o habilite a la administración tributaria para su recaudo”.

De acuerdo a lo anterior, y considerando que se ha realizado el cobro indebido de un impuesto, se tiene que devolver ese dinero a los ciudadanos que se lo hayan cobrado, y que estipula el Numeral 33, Art. 530, del Estatuto Tributario, y que desde el año 1989 han obtenido su pasaporte.

Remotamente puede suceder que entre Cancillería y Hacienda reconozcan el error cometido y accedan de alguna forma a devolver esos dineros, pero para ello primero tienen que investigar el número y a qué ciudadanos de los que exonera  el Numeral 33, Art. 530, del Estatuto Tributario específicamente se les ha cobrado, tarea que yo veo imposible la realicen estas dos Entidades.

Una forma para que sean devueltos estos dineros, es que los ciudadanos afectados se unan y contraten abogado para que entable las acciones judiciales a que haya lugar para ello, con las consecuencias lógicas que eso acarrea el pago de honorarios a dicho profesional del derecho.

Otra forma es que esos ciudadanos afectados nos escriban, a través de este Blog, o de la Plataforma en Facebook "Colombianos en el exterior y retornados" rindan su versión, y nosotros les indicaremos qué pruebas deben aportar, para que una vez lancemos nuestra Pag. Web www.colexret.com, que tendrá asesoría gratuita, esta se encargue de entablar una acción judicial para evitar que sus derechos sean vulnerados, y recuperar el dinerito que hasta hoy está mas perdido que "Adán el día de la madre".

De todas formas, y dependiendo la respuesta del Ministerio de Hacienda especialmente, enviaré este caso a la Procuraduria General de la Nación, a la Contraloría y Defensoria del pueblo, para que se encarguen de investigar y concluir lo que a sus criterios consideren. 

Lo que no podemos permitir es que este tipo de actos irresponsables e inmorales se pasen por alto, y los responsables continúen actuando como si no pasara nada.

Para terminar, pedimos a nuestros lectores, y principalmente a los colombianos afectados directamente con esta situación, que no dejen de seguir a partir del 15 de Enero nuestra Pag. Web. www.colexret.com, donde seguiremos publicando los resultados finales sobre este tema.

Un saludo y recuerden que "Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos", y que "Hoy estamos aquí y asi, pero mañana no sabemos dónde ni cómo"


La Clave?
"INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR"




Ricardo Marin Rodriguez



















lunes, 2 de enero de 2017

Aumentan los costos de los trámites ante los Consulados, incluyendo el pasaporte, por el incremento en el Impuesto de Timbre Nacional

Son muchas las gestiones  (Incluyendo una manifestación pública en Madrid – España), que se han realizado desde hace varios años por algunos líderes sociales y políticos alrededor del mundo en contra del elevado costo en los trámites que realizamos los colombianos ante los Consulados, incluyendo el pasaporte.  Pero muchos no han entendido que mientras el Gobierno de nuestro país persista en la aplicación del Impuesto de Timbre Nacional (60%) en esos costos, cualquier “descuento”, incluso ya se hizo uno por allá en el año  2013, será un simple contentillo, pues tal y como lo estipula el artículo 550 del Estatuto Tributario las tarifas del Impuesto de Timbre Nacional por concepto de los trámites que se realicen en el exterior ante los Consulados, se reajustarán mediante decreto del Gobierno Nacional, hasta el veinticinco por ciento (25%), cada tres (3) años a partir del 1 ° de enero de 1986.


Desafortunadamente el individualismo en esas gestiones, y el querer cada uno de estos líderes anotarse una “gloria”, e incluso con fines electorales, no han permitido una UNIÓN VERDADERA de los colombianos en el exterior, para manifestarnos públicamente ante los Consulados y/o Embajadas colombianas y exigirle al Gobierno colombiano la eliminación de dicho Impuesto, su disminución progresivamente, o la destinación del mismo para asuntos relacionados directamente con quienes lo aportamos.  Bien se podría, por ejemplo, sufragar de ahí, la Póliza de Seguros para la repatriación de los cuerpos de nuestros compatriotas fallecidos en el exterior, estipulado en el Numeral 16, Art. 3° de la Ley 1465 de 2011 (Sistema Nal. de Migraciones), y que ya tratamos en la Edición del 28 de Mayo de 2016 (Ver aquí), o para la financiación de Planes de negocios de colombianos en el exterior, y/o de quienes se acojan a la Ley 1565 de 2012 (Ley retorno), que también tratamos en la edición del 26 de Abril de 2016 (Ver aquí).

Por esa falta de Unión y apoyo, la Plataforma "Colombianos en el exterior y retornados", y publicado en nuestra edición del 06 de Abril de 2016 (Ver aquí) no continuó con la convocatoria a manifestarnos públicamente contra el cobro del Impuesto de Timbre Nacional, que se estaba programando para el 24 de Abril de 2016, y desconociendo los motivos, su promotor Alvaro Hernandez, Director del Programa radial TODONOTICIAS LATINAS de Madrid - España, no volvió a pronunciarse al respecto.

Como era de esperarse, y ahí si pa´ seguirnos "ahorcando", el Gobierno colombiano le ha dado por cumplir con la ley, y el pasado 30 de Diciembre de 2016, mediante Decreto 2200 (leer texto completo aquí) incrementó nuevamente en un 10% el Impuesto de Timbre Nacional en el costo del pasaporte, y demás trámites que debemos realizar los colombianos en el exterior ante los Consulados, desde el 01 de Enero de 2017.

Para quienes lo desconocen, el Impuesto de Timbre Nacional es un Impuesto arcáico, pues data desde la época de la Colonia (Invasión española), y desde hace mas de DIEZ (10) AÑOS, fue eliminado de mas del 90% de los trámites internos en nuestro país, pero como la mentalidad de nuestros gobernantes es igual a la de muchos ciudadanos que piensan que estar en el exterior es estarse llenando los bolsillos de dinero, pues se dejó para aplicarlo únicamente a quienes residimos fuera de nuestras fronteras.  De ahí que ese Impuesto no se cobra por ejemplo en los pasaportes expedidos en Colombia, pero si en los que se expiden en cualquier Consulado en el exterior.

Muchas inquietudes y conceptos podríamos seguir exponiendo sobre este Impuesto, pero lo dejaremos para una próxima edición, y por ahora queremos invitar a los Líderes Sociales de colombianos en el mundo, para que se comuniquen a través de la Plataforma "Colombianos en el exterior y retornados", o de este Blog, y manifiesten su interés de liderar una movilización de colombianos frente al Consulado y/o Embajada colombiana de su jurisdicción, a fin de protestar por esta nueva alza en el Impuesto de Timbre Nacional, que elevará mucho mas los costos de los trámites que debemos realizar ante las oficinas consulares los colombianos en el exterior. 

Señores(as) Líderes o Dirigentes de Partidos políticos colombianos en el exterior, Uds. pueden hacer valer la voluntad y capacidad de convocatoria que aplican cuando se presentan elecciones para elegir principalmente Representantes a la Cámara por los colombianos en el exterior, y UNIRNOS para llevar a cabo lo aquí propuesto?.  De seguro que para las próximas elecciones los tendremos en cuenta.

Para Ud. colombiano(a) residente en el exterior, le dejo esta reflexión:

"Mañana tal vez tengamos que sentarnos frente a nuestros hijos y decirles que fuimos derrotados. Pero no podríamos mirarlos a los ojos y decirles que ellos viven asi porque no fuimos capaz de luchar cuando pudimos". 

Recuerden compañeros que como decía Willy Brand, "Permitir una injusticia es abrir el camino para las que vienen"; y eso es lo que hemos venido haciendo desde hace décadas en el exterior..."permitir injusticias" y callar ante el abandono socio-político de nuestros Gobernantes Nacionales. No creen que ya es hora de hablar?

NOTA: Haciendo click aquí, las gestiones realizadas ante diferentes entidades del Gobierno colombiano, principalmente Ministerio de Hacienda - DIAN, por la Plataforma "Colombianos en el exterior y retornados", en búsqueda de la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional del costo en los tramites que debemos realizar los colombianos ante nuestros Consulados, incluyendo el pasaporte.

Un saludo y no olvidemos que "Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos", y "Hoy estamos aquí y asi, pero mañana no sabemos dónde ni cómo".

La clave?
"INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR"



Ricardo Marin Rodriguez

viernes, 23 de diciembre de 2016

Representantes a la Cámara Ana Paola Agudelo, Jaime Buenahora y Alirio Uribe Muñoz, atendieron a nuestra Plataforma "COLEXRET"


Dentro de la larga temporada que pienso pasar en Bogotá – Colombia, aparte de solucionar algunos asuntos de índole personal, es mi propósito, en representación de la Plataforma Colombianos en el exterior y retornados “COLEXRET”, seguir investigando y gestionando temas relacionados con la política migratoria y de retorno de nuestro país, en donde se incluye por obvias razones a los colombianos en el exterior y la población retornada.

Entre los principales objetivos es conseguir algunas entrevistas con Representantes a la Cámara y Senadores, a fin de exponer con mas claridad y detalles el proceso de conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, en el que nos encontramos los colombianos en el exterior, desde el 29 de Abril del presente año, cuando en reunión celebrada en la capital colombiana, organizada por nuestra Cancillería, se elaboró la hoja de ruta a seguir para tal fin.

Por obvias razones tenía que comenzar mi recorrido concretando estas entrevistas con los Representantes a la Cámara por los colombianos en el exterior, Ana Paola Agudelo y Jaime Buenahora Febres, pues aparte del tema de la “Mesa Nal. de la Sociedad Civil para las Migraciones”, urgía plantear nuestras inquietudes e inconformismo con el Proyecto de Ley 130 de 2016, mediante el cual se pretende crear los Centros de Residentes Colombianos en el Exterior “CRE”, de autoría del Representante Buenahora, y secundado por Ana Paola.

No fue suerte, sino voluntad y disposición del Representante a la Cámara por Bogotá, Alirio Uribe Muñoz, integrante de la Comisión Segunda de esa Corporación,  para que fuera con el primero que pudiera entrevistarme, a pesar de que ya se habían concretado las fechas para realizarlo con los dos anteriormente nombrados.

Quedé real y felizmente asombrado cuando contacto telefónicamente al Represente Uribe Muñoz el día lunes 12 del presente mes de Diciembre, y me responde sin vacilación alguna que podíamos quedar para vernos al día siguiente a la hora que yo tuviera a bien. Cuando digo asombrado, es por que es más fácil coger de la cola a una de las palomas de la Plaza Bolivar, que conseguir que un personaje de la vida política de nuestro país conceda tan rápidamente una entrevista, y mas que diga “pon tu la hora”.  Gracias Alirio por tan buen gesto.

El día Martes 13 a las 11 de la mañana, día y hora acordada para la entrevista con Alirio Uribe, el Congreso de nuestra República estaba a reventar de gente, por cuanto se estaba, y sigue debatiendo la Roborma, perdón, Reforma Tributaria, en donde no solo han pasado por alto tratar el tema sobre la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional, equivalente a mas del 55% en el costo de los trámites que realizamos ante los Consulados quienes residimos en el exterior, incluyendo el pasaporte (Hacienda desde finales del año 2015 y principios de 2016 me había prometido por escrito hacerlo a través de la Comisión Especializada Tributaria), sino que también se incorporan a esa Reforma mas impuestos para, dizque mayor desarrollo y progreso del país, Jajajajajaja. Con todo y eso, muy puntualmente nos dimos la mano con el Representante Uribe Muñoz.

Aunque en infinidad de ocasiones he ingresado al Congreso, me encontré con la sorpresa que dejó igualmente extrañado a Alirio Uribe, de que los ciudadanos invitados a las Sesiones que allí se celebran, no podemos ingresar si no llevamos corbata. Si si si, asi como lo leen.  Nuestro Congreso que debe ser ejemplo de humildad y sencillez, exige ¡corbata! para poder ingresar y enterarnos de lo que allí se teje y reteje, ahh!!!!. Afortunadamente, al parecer un conocido de Alirio, se despojó de su corbata y me la prestó. En ese momento no sabía qué hacer; reirme, llorar, o esconderme de la vergüenza!!!. Me había convertido en segundos en un ¡CORBATAAAAA!.  Fui por minutos Congresista de cuello blanco.  Y me las alcancé a creer, pues no faltó nada y paso al frente.  Menos mal no lo hice, o seguramente con lo que les hubiera dicho, estaría escribiendo este Blog desde una celda. 

Después de estos segunditos de ironía y risa, pero que fue cierto, paso a resumir con total seriedad lo que hablamos con el Representante Alirio Uribe Muñoz:

Como el tema principal era el Proyecto de Ley 130/2016, creador de los Centros de Residentes Colombianos en el Exterior “CRE”, comencé dentro de mi experiencia como migrante (mas de 15 años), e investigador de la política migratoria y de retorno colombiana, por manifestarle al Representante mis puntos de vista del por qué considero ese Proyecto inoficioso e inoperante para de alguna manera satisfacer las necesidades de quienes residimos fuera de nuestras fronteras.  Mi planteamiento fue el mismo que expongo en la edición de mi Blog el pasado 15 de Diciembre del presente año (Ver Aquí), ante lo cual Alirio Uribe me pregunta si habría alguna solución mediante una enmienda que él presentara a ese Proyecto, pero al seguir con mi exposición, y a pesar de que en la Comisión Segunda de la Cámara, de la cual es integrante, ya se aprobó el susodicho proyecto, manifestó que entendía mis razones y que estaría de acuerdo si el autor de ese Proyecto, Jaime Buenahora, lo retirara.

“Solucionado” ese tema, pasamos a hablar de otros, en los que me expresó su total apoyo a cualquier iniciativa que presentáramos los colombianos en el exterior, a fin de coadyuvar con la creación de una política migratoria y de retorno con equidad y justicia para todos, pues entiende que en la actualidad no existe en nuestro país.  Ese apoyo lo extiende al estudio y voto favorable a un proyecto de ley que se presente para reformar el Art. 5° y Parágrafo de la Ley 1465 de 2011 (Sistema Nal. de Migraciones), en el que se crea la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, a fin de que se establezcan los mecanismos legales y de participación ciudadana real para la conformación de la misma.  Comparte el criterio de que por razones obvias, legales y morales, los colombianos en el exterior debemos hacer parte de esa “Mesa”, y no solo quienes fueron incluidos en la norma referida (ONG´S, Sector privado, Academia, y Organizaciones de colombianos en el exterior que traten asuntos migratorios).  Igualmente está de acuerdo que dentro de esa reforma deberá aclararse totalmente la operatividad, administración y financiación de la “Mesa”.

Dice este Representante que la opción de establecer una acción de inconstitucionalidad del Art. 5° de la Ley 1465 de 2011 es totalmente viable, pues considera que en su redacción se ha violado el Derecho constitucional de la “Participación ciudadana”, pero que dado el largo tiempo (1 año y hasta mas) en que tardaría la Corte en responder, no la recomienda como de primer orden.

Ofreció incondicionalmente Asesoría jurídica para que el proceso de conformación de la “Mesa” se desarrolle y llegue a buen término.

Desde ya les digo compañeros que creo en la voluntad expresada por Alirio Uribe Muñoz, pues conozco su trayectoria profesional y política como activista de Derechos Humanos, y gran conocedor de la problemática migratoria y de retorno colombiana.  No debemos olvidar que en asocio con el para ese entonces también Representante a la Cámara Jorge Muñoz, organizó el Debate de Control Político a la Cancillería, para ejercer vigilancia sobre la forma como se estaban ejecutando las Leyes 1465 de 2011,(Sistema Nal. de Migraciones) y 1565 de 2012 (Ley retorno), en las que se esta basando actualmente el Gobierno Nal. para aplicar la política migratoria  y de retorno.

Luego de aprox. tres horas de conversación, nos despedimos con el compromiso de volver a reunirnos tan pronto termine el descanso decembrino del Congreso, para seguir analizando estos temas, y comenzar a darles viabilidad.

No no no; no se me olvidó entregar la corbata a quien me la había prestado, de hecho lo hice a los pocos minutos que me la facilitó, pues como estaba en el Congreso, “hecha la ley hecha la trampa”, y como me encanta interpretar las Normas a mi favor, en este caso supuse que solo era una exigencia para ingresar, mas no para permanecer allí con ella puesta.  Aún me sigue causando curiosidad y risa esta anécdota.

El mismo martes 13 de Diciembre, encontrándome almorzando en mi residencia, al lado de mi adorada hija, y del “Tesoro divino del abuelo” (mi amada nieta), recibo una llamada del Despacho del Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Jaime Buenahora Febres, citándome a las 17:30 horas en las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para sostener la entrevista que por un mal entendido no se produjo en la mañana de ese día.

Cuando me dijeron que la cita era en el Ministerio de Relaciones Exteriores y preciso un “Martes 13”, un tétrico frío recorrió todo mi cuerpo; y aunque mi padre decía que a lo único que había que tenerle miedo es a que nos dé miedo, me invadió un miedo atroz.  Pensé por un momento que ese Señor ¡había sido nombrado Canciller!  (Tómelo con buen humor Dr. Buenahora).

Como suelo ser muy impuntual, ya que nunca llego a la hora exacta, sino mucho antes, estuve en ese lugar a las 17:00 horas, pero mas tranquilo, pues no era que Jaime Buenahora hubiera sido nombrado Ministro de Relaciones Exteriores, sino que se encontraba allí reunido con la Vicecanciller, tratando el tema del próximo evento a realizarse con la Embajada francesa. 

Saliendo de allí me invitó a tomar un cafecito en OMA, para poder charlar de los puntos agendados; y pensé que la invitación obedecía a la aplicación de aquel viejo eslogan publicitario de “Seamos amigos, tomémonos un tinto”. Bien saben nuestros seguidores que la relación con Buenahora se rompió desde hace mucho tiempo debido a mis denuncias públicas por la forma como este Congresista ha venido cumpliendo, o mejor, incumpliendo con sus funciones en calidad de Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior.

Al igual que en la mañana cuando nos encontramos en el Congreso, nuestro saludo fue seco y cortante. Pareció mas bien un saludo entre Santos y Uribe; estrechándonos la mano derecha, pero en la izquierda un garrote por si las moscas. Hace dos (2) años era “Qué tál Ricardo, cómo estás, y yo contestaba bien bien Jaime y tu?”; ahora es “Hola Ricardo, y yo, Hola Doctor”. Los tiempos no cambian, son las circunstancias las que nos hacen cambiar. Como me hubiera gustado una foto para publicarla, pero como ni este Blog, ni la Plataforma Colombianos en el exterior y retornados “COLEXRET”, la cual represento, son la Pasarela Cibeles o la de Milan, mejor se queda asi.

Vamos al grano, dijo el acné:

Lo primero que empiezo a plantear a Buenahora es mi sentir acerca del proyecto de ley 130 de 2016 de su autoría, en el que se crean los Centros de Residentes Colombianos en el Exterior, y sin mayores preámbulos y como aceptando mis inquietudes expresó que no tenía ningún inconveniente en retirar ese proyecto y dedicarse a trabajar en cualquier otro, pero quería saber lo que los colombianos en el exterior pensábamos al respecto.

En estos días le presentaré ese análisis, y si le agregamos lo que al dia de hoy piensan los Representantes Alirio Uribe Muñoz, y Ana Paola Agudelo, con quienes he hablado al respecto, me atrevería a asegurar en un 90% que el Proyecto de Ley 130/2016 será retirado y archivado por cuanto no va a prestar ningún beneficio a los colombianos en el exterior, y porque sería una ley mas donde se habla de migración sin tener en cuenta para su promulgación a los migrantes. Pero además, porque Jaime Buenahora, a pesar de todo, es inteligente, y sabe que esa gestión en lugar de darle popularidad lo que va es a acabar de hundirle la poca que le queda.  Ya muchos están viendo esto como un acto electoralista.  Se lanzará a una nueva reelección? Sería un suicida; pero es “perro viejo” en la política, y todo se puede esperar.

Seguidamente hablamos del tema de la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, y al igual que su homólogo Alirio Uribe, estuvo de acuerdo en la necesidad de un Proyecto de Ley para reformar el Art. 5° de la Ley 1465 de 2011, a fin de darle real participación a los colombianos en el exterior, y llenar los vacíos existentes para la operatividad, administración y financiación de esa “Mesa”.  Pero fue más allá; me pidió le presentará un borrador de ese proyecto para él tratar el tema directamente con Cancillería, ya que llegamos a la conclusión que si era presentado al Congreso por esa Entidad, previo el visto bueno de Presidencia, será mucho mas factible y pronta su aprobación.

Reconoce Jaime Buenahora que esa “Mesa” puede ofrecer muy buenos resultados una vez se conforme, pero no en la forma como se estableció en la Ley 1465/2011.

Y con esto terminó la reunión con Jaime, perdón, con el Dr. Buenahora (olvidaba que ya no existe la confianza de antes), sin poder tratar mas temas, pues aunque yo disponía del resto de la tarde, noche, día, y resto de semana para ello, él tenía otros compromisos que atender.  Recordemos que los Congresistas son personas extremadamente ocupadas, por el innumerable número de gestiones que deben realizar en pro de nuestros derechos (por favor no se rían que estoy hablando en serio, jajajajaja, y…mas jajajajaja).

Faltaba una tercera e importantísima reunión, que con anterioridad me habían informado se llevaría a cabo el miércoles 21 de Diciembre.  Era la entrevista que desde hacía mas de DOS (2) AÑOS estaba buscando con Ana Paola Agudelo, Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, y que por fin se obraba el milagrito.

Les cuento compis que encontrarse con Ana Paola Agudelo y saludarla es algo asi como si estuviera uno en medio del desierto y una suave y delicada brisa invadiera nuestro ser.  Es agradable, alegre, sonriente y brillante. Sé que en el fondo no me quiere como aparenta, pero eso nunca me ha preocupado.  Cuando se trata de nuestros Gobernantes o Funcionarios públicos, ninguna de mis acciones buscan congraciarse con ellos, ni que me brinden cariño.  Solo busco atención y buenos resultados.

Al igual que a Buenahora, a Ana Paola Agudelo le he criticado algunas de sus gestiones, o la falta de estas como Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, pero siempre con un sentimiento patriótico, y a la vez dándole sugerencias para mejorar lo hecho, o realizar lo que falta por hacer, que es prácticamente todo.  Sin embargo, ella si respondió a mi saludo con amabilidad, sonrisa, y besito en la mejilla.  Bueno, al Dr. Buenahora nunca lo saludaría yo en esa misma forma (me refiero a lo del besito).

La entrevista con Ana Paola estaba programada para las 14:30 de ese miércoles 21 de Diciembre, pero por compromisos de última hora de la Representante, relacionados con los debates que se promueven en el Congreso con ocasión de la Reforma Tributaria, no se llevó a cabo con puntualidad, pero mientras tanto tuve el gusto de charlar con dos de sus Asesores, quienes pusieron atento cuidado y respondieron con acierto a varios temas tratados con relación a los colombianos en el exterior y la población retornada.  Sin entrar en detalles de lo hablado con ellos, creo que se justifica el sueldo que les están pagando, pues tienen un amplio conocimiento y preocupación por todo esto.   

Qué hablé con Ana Paola? Muchas cosas, pero de a poquito, pues el tiempo apremia y más cuando estaba atendiendo y participando en ese debate de la Reforma Tributaria. 

Les cuento lo mas interesante:

Sobre el Proyecto de Ley 130/2016, creador de los Centros de Residentes Colombianos en el Exterior “CRE”, me dio la impresión que es una de las mas interesadas en que se promulgue, pero de buena fé. Me dice que lo considera un mecanismo de participación ciudadana importante para los colombianos en el exterior, sin embargo una vez le explique detalladamente las razones de nuestro inconformismo, vio que en realidad no serían tan operantes y benéficos como pensaba.  Al menos en la forma como esta redactado el Proyecto.  De hecho, el mencionado Proyecto esta parado por las dudas existentes sobre si realmente traería beneficios para los ciudadanos.

Sin mucho que ahondar sobre este tema, finaliza Ana Paola diciéndome que el único que podría retirar ese Proyecto y archivarlo definitivamente es el Representante Jaime Buenahora, pues es de su autoría y quien lo presentó.  Agrega que estaría de acuerdo con su retirada, o que al menos no se opondría.

En el tema de la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” (Art. 5° Ley 1465/2011), en principio veo su convencimiento de que si incluye en la forma como esta redactada, la participación de los colombianos en el exterior, pues me dice que bien podemos hacerlo a través de las ONG, u otras Organizaciones que allí se establecen, ya que sería una forma organizada de la Sociedad Civil en el exterior para ejercer como tal su derecho a la “Participación Ciudadana”.  Le reprocho diciéndole que eso sería algo asi como obligarnos a determinada acción para ejercer un Derecho.  Es decir, si no nos inscribimos en una ONG, no podremos participar en la conformación de la mencionada “Mesa”.  Ilógico, absurdo e ilegal.

En la medida que avanza la charla sobre este tema, y escuchando atentamente mis argumentos, termino creyendo que Ana Paola ya no está muy  convencida que la “Mesa” pueda prestar el beneficio que se busca para nosotros, si se conforma de la manera como lo estipula el Art. 5° de la Ley 1465/2011, pues le sonó la idea de que los colombianos en el exterior podamos elegir popular y democráticamente a nuestros propios Representantes ante la susodicha “Mesa Nal. de la Sociedad Civil para las Migraciones”, y además ratifica el sentir tanto de nosotros como de sus homólogos Alirio Uribe Muñoz y Jaime Buenahora, en el sentido de que deben llenarse los vacíos existentes respecto a su composición jurídica, operatividad, administración y financiación, lo cual solo se puede llevar a cabo si se reforma mediante otra Ley el Artículo que la creó.

Creo que por las circunstancias del momento en que se produjo esta reunión, no alcanzamos a aclarar muy bien todas estas cosas, pues me dijo que para el mes de Marzo del año entrante tenían pensado crear unas Mesas de trabajo para tratar el tema, lo cual me parece que, primero es demasiado largo el tiempo para ello; segundo, sería como desconocer lo que ya muchos colombianos alrededor del mundo hemos venido realizando sobre el tema a través de infinidad de reuniones; y tercero por que las propuestas de conformación de la “Mesa” deben presentarse cuanto antes a Cancillería en un Segundo Encuentro que se programe, similar al del 29 de Abril del presente año, pues asi está contemplado en la Hoja de ruta que se creó en el Primer Encuentro.

En términos generales debemos entender que no podemos darle mas alargue a esto, pues sucede lo que normalmente acontece, y es que los ciudadanos se cansan y pierden su credibilidad en los procesos que se inician.  Desafortunadamente muchos no entienden que determinados asuntos es mejor que tarden pero que se hagan bien.

De todas maneras, con Ana Paola, al igual que con Alirio Uribe y Jaime Buenahora, entre otros, debemos sostener una nueva reunión a mas tardar a mediados o finales del próximo mes de enero, para concretar lo que ha quedado pendiente, y proceder con rapidez pero despacio a finiquitar la conformación de la“Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, principal herramienta de los colombianos en el exterior para hacer parte del DISEÑO, DESARROLLO, EJECUCION y SEGUIMIENTO  de la política migratoria y de retorno colombiana.

Me despedí de Ana Paola con mediana satisfacción y mucho optimismo, pues no estoy muy convencido de que mis argumentos la hayan convencido totalmente, o a lo mejor, y como creo que debe ser, lo debe consultar primero con la Cúpula de su Agrupación política.  Si es esto último, y como no alcancé a decírselo personalmente, desde estas líneas le envío una nueva petición para que nos reunamos con todos ellos y expresarles directamente lo que le manifesté a ella, y otros puntos mas.  No soy político, pero creo que algo de “perro viejo” tengo,  Mas de lo primero que de lo segundo. 

Mil gracias Representantes a la Cámara Alirio Uribe Muñoz, Jaime Buenahora y Ana Paola Agudelo por atender mi llamado en nombre de los colombianos que residimos fuera del país, y de quienes han retornado; o al menos de los integrantes de la Plataforma “Colombianos en el exterior y retornados”. Espero que lo hablado haya sido de cabeza y corazón, para asi poder seguir sosteniendo un buen entendimiento y coordinación con todos estos temas que benefician a los que Uds. en Campaña prometieron defender sus derechos y aunar esfuerzos para  coadyuvar en la creación de un mejor nivel de vida, pues “Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos”.  De mi parte, sin perder mi libertad de expresión, estoy bajando la “bandera roja” e izando nuestra tricolor, por el bien de TODOS(AS).

El próximo año continuaré reuniéndome con mas Congresistas, Dptos. Jurídicos y demás que tratan temas migratorios y de retorno en las principales Universidades colombianas.  Y por supuesto con la Cancillería, su Dpto. Jurídico, y "Colombia Nos Une".

Para Uds, compañeros(as) que leen y analizan este Blog, solo me queda manifestar mi sentimiento de gratitud por su apoyo y confianza durante este año que esta terminando.  Ese apoyo y confianza me comprometen mucho mas a continuar incondicional y desinteresadamente en esta causa que es de TODOS(AS) y para TODOS(AS). 

Un saludo, ¡Feliz Navidad!, y recuerden que “Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos”, y que “Hoy estamos aquí y así, pero mañana no sabemos dónde ni cómo”.

La clave?

“INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR”



Ricardo Marin Rodriguez